28 nov 2011

Ética en los deportes: Caso Contador

ARTICULO:

Contador termina el juicio con un último alegato 'muy serio'

Han sido cuatro días intensos. Muchas horas de trabajo y discusión, en las que el ciclista acusado de dopaje por clembuterol, el español Alberto Contador, ha estado presente sin interrupción. Pocos deportistas acuden al juicio y lo presencian minuto a minuto, hora a hora, día a día. El tricampeón del Tour, amenazado por la UCI y la AMA, que piden la suspensión de su licencia por dos años, pronunció un último discurso ante los miembros del Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS), constituido por tres personas que decidirán sobre su suerte.

Como dijo a la salida el secretario del TAS, Matthew Reeb, Contador "se lo ha tomado con mucha seriedad". El turno final al acusado es una atribución que generalmente no se consume y en muchas ocasiones es una intervención sin contenido. Nada de eso fue en el caso de Contador, que consumió esa última posibilidad de convencer al tribunal con un discurso de 15 minutos adjetivado por alguno de los presentes con dos palabras: "Muy serio". Alguien advirtió un semblante emocionado y un brillo en los ojos de Alberto Contador a su salida, precipitada y rápida en taxi, de la sede del TAS, el Château de Béthusy, donde volvieron los participantes en el litigio tras estos días de prestado en la sede del Comité Internacional Olímpico.

La 'responsabilidad objetiva'

No hubo novedades en cuanto al contenido de las conclusiones. La UCI y la AMA quieren que Contador pague con dos años de ostracismo por los 50 picogramos de clembuterol hallados en su orina tras un control en el Tour de Francia 2010. Consideran que el hallazgo de la sustancia es suficiente prueba para condenarlo, por el principio de responsabilidad objetiva al que obliga el Código Mundial Antidopaje (el deportista es responsable de las sustancias que aparezcan en su organismo). Además, con los informes de sus expertos, han tratado de demostrar la probabilidad de que Contador se hubiera sometido a una autransfusión y a otras actuaciones encaminadas a borrar sus rastros.

Los letrados de Contador y de la Real Federación Española de Ciclismo (RFEC) reclamaron la absolución, porque rechazan que el ciclista tuviera culpa significativa en el consumo de carne contaminada por clembuterol. En definitiva, lo que pretenden es que se acepten los argumentos por los que el comité de competición de la RFEC absolvió al ciclista. También exigieron un cambio de la normativa antidopaje para el futuro: el establecimiento de un umbral mínimo a partir del que se puede establecer un positivo por clembuterol.

Extraer datos de lo que ocurrió en la audiencia a Contador requiere trabajos ímprobos y resultados escasos. Carmen Ramos, secretaria general y abogada de la RFEC, se felicitó por el final de la audiencia: "Acabó y acabó bien".

El veredicto del tribunal, presidido por el presidente Efraim Barak y por los jueces Ulrich Hass y Byrne-Sutton, no se conocerá, presumiblemente, hasta finales de diciembre o principios de enero de 2011. La intención de los asesores de Contador es no apelar la sentencia, sea cual sea el veredicto. Aunque el TAS es el organismo supremo en Derecho Deportivo, existe la posibilidad de recurrir ante el Tribunal Federal de Suiza o ante el Tribunal de Derechos Humanos.

Si el madrileño es castigado con uno o dos años perderá el triunfo en el Tour de Francia de 2010, pero mantendrá las victorias cosechadas en 2011, porque corrió con la autorización de la Federación Española de Ciclismo (delegada de la Unión Ciclista Internacional), que el pasado febrero le absolvió de los cargos de dopaje. Eso es lo que manda la lógica, a pesar de los mensajes ambiguos enviados por la UCI, a través de uno de sus portavoces.

Fuente: ELMUNDO.ES, seccion deportes, viernes 25/11/2011

VALORACION Y OPINION:

Antes de entrar en el tema que nos compete, me parece necesario poner a mis lectores en antecedentes, dada la larga trayectoria de la noticia elegida.

Es indudable la importancia que adquieren los deportes en nuestra sociedad, no solamente los tan reconocidos y bien pagados jugadores de futbol, sino también los practicantes, a nivel profesional, de otros deportes como el ciclismo.

Mas en concreto, el ciclismo se articula para muchos, y dentro de los deportes de resistencia, como uno de los mas duros. Estos hechos, unidos al frecuente uso de todo tipo de productos que aumentan la fuerza física y el rendimiento, han obligado al establecimiento de un Código Mundial Antidopaje, dada la necesaria armonización a nivel mundial, en cuanto a sustancias, limites de esas sustancias, métodos de diagnostico, infracciones, sanciones…

Del contenido del código y al respecto de la noticia podemos extraer 2 principios:

- el primero, que el empleo del clembuterol esta estrictamente prohibido y su cantidad en los análisis de orina debe ser cero

- y en segundo lugar, la mencionada “responsabilidad objetiva”, que se define como que el deportista es el principal responsable de que no se introduzcan sustancias prohibidas en su organismo y por lo tanto, no resulta necesario demostrar el uso consciente por parte del deportista para poder demostrar una infracción antidopaje.

La acusación, acude a estos dos principios para demandar la sanción de Alberto Contador, dado que, en una muestra legal de orina tomada al ciclista durante el tour de Francia del 2010 y analizada en un laboratorio autorizado, el deportista obtuvo un resultado de 50 picogramos, o lo que es lo mismo 0,00000000005 gramos.

Hasta aquí, no habría duda de la completa responsabilidad de Contador. Sin embargo, el problema surge cuando el ciclista alega que el resultado puede ser debido a la ingesta de carne de vacuno contaminada con clembuterol, posibilidad que adelanto es posible aunque poco probable.

Con respecto al clembuterol, se trata de un principio activo que utilizado en animales y humanos tiene una doble finalidad:

- por un lado, tiene una finalidad terapéutica como broncodilatador

- y por otro lado, aumenta el rendimiento productivo aumentando entre otros el índice de masa muscular y el metabolismo.

Esta ultima finalidad, es por la cual, el clembuterol se ha utilizado en ganadería para aumentar la tasa de carne por animal. Sin embargo, a mediados de los 90, pruebas científicas demostraron los efectos negativos que tenia para la salud publica el consumo de carne con clembuterol, a pesar de la rápida metabolización que posee el medicamento tanto en animales como en humanos. A raíz de estos datos, se prohibió taxativamente en España el empleo de clembuterol en animales destinados a la producción de alimentos. Para velar por el correcto cumplimiento de tal prohibición, y de la legislación alimentaria en general, las autoridades sanitarias realizan controles, en los mataderos, por muestreo y bajo sospecha, en aquellos animales susceptibles de haber sido tratados ilegalmente con cualquier sustancia incluida dentro de los beta- adrenérgicos, grupo en el que se incluye entre otros, el clembuterol.

Estos datos arrojan, en mi opinión, varias problemáticas entre las que destacan:

- la imposibilidad de demostrar la teoría de contador con datos concretos, y por lo tanto la existencia de una duda razonable en cuanto a la responsabilidad del ciclista. Efectivamente, cuando salieron a la luz los resultados de su analítica, la disponibilidad de la carne del animal era inviable. Así mismo, la baja dosis encontrada en orina, podría ir a favor de su testimonio, ya que es evidente pensar, que si Contador hubiera ingerido este fármaco como tal, y no como residuo, la concentración en orina hubiera sido mas elevada.

- La dificultad practica de los inspectores sanitarios de someter a control a todos los animales que entran en el matadero, porque, ¿dónde esta el limite? , no solamente dado el elevado numero de animales que se sacrifican en los mataderos españoles, sino también el elevado numero de sustancias que administradas a los animales de abasto pueden poner en riesgo la salud publica

- Y por ultimo, la mala intención de los propios ganaderos, que anteponen sus propios ingresos a la salud publica. ¿Serian estos acaso capaces de comer los alimentos que ellos mismos contaminan?

Concluyendo, el empleo de sustancias prohibidas en el deporte, definición mas conocida como dopaje, resulta una practica poco ética y amoral que no solo perjudica la salud de los consumidores de tales sustancias, sino que también, va en contra de los principios básicos de toda competición, que se resumen en la igualdad de condiciones naturales.

Por: Miguel Taboada Lorenzo 5ºC Marketing

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